La actividad está regulada por la Ley 18/81, que concede una autorización administrativa al CAT para utilizar un máximo de 4 m3/s de agua procedente de los canales de los márgenes izquierdo y derecho del río Ebro.
Una vez captada de los canales, el CAT somete el agua a un proceso de potabilización, controla la calidad y finalmente la distribuye a los consorciados teniendo en cuenta criterios de eficiencia, sostenibilidad y responsabilidad social. La prioridad es la garantía del suministro: poner al alcance de los consorciados un recurso seguro y de calidad, ajustado al coste y adecuado a los principios de la Directiva Marco del Agua, preservando el Medio Ambiente y fomentando el retorno al territorio.
Desde su constitución en 1985, el CAT ha impulsado el desarrollo de las Terres de l’Ebre y el Camp de Tarragona. La disponibilidad de agua ha permitido aprovechar las nuevas oportunidades de progreso y mejorar la calidad de vida de un punto a otro de la red. Los propios cánones de compensación por uso del agua han hecho posible modernizar los canales y apuntalar el modelo productivo y el estilo de vida sostenible en el delta del Ebro.